Artículo 26

Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

La educación es considerado por Naciones Unidas como un elemento central para el desarrollo de la persona. Pese a ello, los niveles educativos en muchos países dejan mucho que desear y, mayoritariamente, están en función de la capacidad adquisitiva de las personas. De esta manera, a mayor capacidad adquisitiva se incrementan las posibilidades de acceder a una educación de más nivel y mejor calidad. Todavía se identifican bolsas de población analfabetas, millones de niños no pueden ir a la escuela y formarse, la educación primaria no es gratuita a nivel mundial. En general, la educación no llega a la mayoría de la población del planeta. Tal y como se indica en diversos informes de organismos internacionales:

‘... Esas desigualdades en lo que toca a ingresos tienen un fiel reflejo en las relativas al acceso a la educación y a la asistencia escolar, y cuando ésta es posible, en lo que se refiere al aprovechamiento de la enseñanza dispensada. Aunque las tasas de matrícula en la enseñanza primaria son altas en la mayoría de los países, la participación en los programas dedicados al desarrollo de la primera infancia, en la educación superior y, en menor medida, en la secundaria sigue estando dominada por las categorías de ingresos superiores’. Asimismo, en el Informe se argumenta que ‘como la educación es un determinante fundamental de la calidad de vida, así como de la productividad y de la empleabilidad de los individuos, la situación actual, en la cual las oportunidades de los niños dependen tan directamente de la posición socioeconómica que ocupan sus padres, no puede menos que desembocar en una pobreza hereditaria. El alza de los salarios relativos de las personas más instruidas y calificadas tiende a exacerbar la ya muy desequilibrada distribución del ingreso en algunos países.’ (Informe Regional de Países sobre América Latina y el Caribe del año 2000)

A su vez, en las últimas décadas se visualiza la educación como un instrumento para la enseñanza de valores como la solidaridad, el respeto de los derechos humanos, el respeto a la dignidad de las personas, etc. De ahí el nacimiento y consolidación de lo que se conoce como educación para el desarrollo, educación para la paz, en derechos humanos, etc. Tal y como se indica en el Informe Regional de Países sobre América Latina y el Caribe del año 2000: ‘... Esas desigualdades en lo que toca a ingresos tienen un fiel reflejo en las relativas al acceso a la educación y a la asistencia escolar, y cuando esta es posible, en lo que se refiere al aprovechamiento de la enseñanza dispensada. Aunque las tasas de matrícula en la enseñanza primaria son altas en la mayoría de los países, la participación en los programas dedicados al desarrollo de la primera infancia, en la educación superior y, en menor medida, en la secundaria sigue estando dominada por las categorías de ingresos superiores’.